Editorial: Civitas
Colección: Estudios
Número de páginas: 430 págs.
Fecha de edición: 11-11-2020
EAN: 9788413452920
ISBN: 978-84-1345-292-0
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El soft law, los acuerdos políticos y los acuerdos no normativos, los acuerdos administrativos y otras normas internacionales han dado lugar a un efectivo Derecho internacional líquido (en el sentido baumaniano del término), idóneo para la realización de la gobernanza global pero cuya configuración conforme a parámetros de legitimidad constituye un reto ineludible para la actual sociedad internacional.
Estamos en el siglo de los principios rectores y las agendas, de las recomendaciones y los estándares, de los memorandos de entendimiento y los modelos de convenio, de los objetivos de desarrollo y los códigos de conducta. No obstante, la dicotomía entre hard law y soft law no necesariamente ha de analizarse desde una perspectiva antagónica y binaria, sino que las recíprocas relaciones entre ambas ofrecen, en muchas ocasiones, una visión continuista y más realista del Derecho internacional.
Esta normativa se caracteriza por renunciar a la normatividad obligatoria a favor de la asertividad política de sus postulados y mecanismos de aplicación; por la celeridad en la toma de decisiones y la certeza técnica o científica frente a las incertidumbres de la experiencia convencional y la lentitud de los procedimientos constitucionales.
Ante una multilateralidad imposible y un sistema binario totalmente caduco, resulta preferible la multipolaridad, un sistema de ordenación comunitario y plural en cuanto a la juridicidad y la obligatoriedad que nos conduce a preguntarnos sobre si sigue siendo útil el Derecho internacional del artículo 38 del Estatuto de la CIJ y sobre la necesidad urgente de reformular los principios estructurales de un Derecho constitucional internacional más allá de los Estados, pero más legítimo y reconocible para los ciudadanos.