Robles Garzón, Juan Antonio
(ed.)
Álvarez Alarcón, Arturo
(ed.)
Editorial: Comares
Colección: Biblioteca Comares de ciencia jurídica
Número de páginas: 200 págs. 24.0 x 17.0 cm
Fecha de edición: 31-10-2017
EAN: 9788490455852
ISBN: 978-84-9045-585-2
Precio (sin IVA): 15,38 €
Precio (IVA incluído): 16,00 €
Si revisamos el pasado "de donde venimos" es fácil constatar que la tramitación de los juicios no era otra cosa que la aplicación de las reglas del procedimientos o ritos por las que se tramitaban los procesos tanto los civiles como los penales.. Era la época del procedimentalismo o formalismo "Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Enjuiciamiento Criminal" que sirvieron para unificar esas «fórmulas» que habían de seguirse en toda España. El Derecho Procedinental o Derecho de ritos no era, se decía «más que un apéndice del derecho sustantivo» y como tal se estudiaba como parte anexa al Derecho Civil, y no Código, y Ley de Enjuiciamiento Criminal, y no Código. La aparición del concepto de «proceso» distinto a la de procedimiento, -que surge tras la polémica de Windscheid y Muther sobre la acción procesal- dio sustantividad propia a esta parcela jurídica-procesal, lo que motiva que desde 1950 Chiovenda proclamara la necesidad y conveniencia de que esta parcela pasara a denominarse «Derecho Procesal» pues su estudio había que hacerlo desde el prisma del proceso sin que esta perspectiva deje fuera de su estudio al procedimiento cuyos principios y reglas se separan de los del proceso.
Las leyes de ritos -como indebidamente la sigue llamando el Tribunal Supremo- o Leyes de procedimiento criminal serán el objeto de estas Lecciones, que no dejarán de analizar el proceso y sus principios como parte sustancial. La importancia de este avance -que no tuvo reflejo legal hasta la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil del 2000- motivó un cambio en los Planes de Estudio de 1953 "Plan Moyano" por el que se pasó a denominarse esta disciplina Derecho Procesal sin que se cambiara la estructura de la Ley de Enjuiciamiento Civil que siguió vigente. El concepto de proceso se comienza a estudiar en las Universidades ya no solo como «apéndice» del Derecho civil o penal sino como materia independiente. El proceso y sus procedimientos serán objeto de análisis a lo largo del curso por los profesores encargados de ello con la habilidad necesaria para dejar tiempo para que el alumno consiga la destreza, la habilidad y las competencias necesarias para lograr completar e grado de formación necesaria para enfrentarse con la realidad.